En resumen: La auditoría social en Marruecos evalúa la conformidad de las prácticas de la empresa con el código laboral y las obligaciones ante la CNSS. El incumplimiento puede generar cargas adicionales del 30 al 60 % por empleado.
La auditoría social evalúa el respeto de las obligaciones sociales dentro de una entidad. Permite medir sus riesgos sociales y cubrirlos. Sin embargo, la auditoría social va más allá de la mera evaluación de riesgos.
La auditoría social constituye, de hecho, una herramienta completa que permite notablemente:
- La verificación de la conformidad de las prácticas sociales con el código laboral marroquí;
- La medición de las fortalezas y debilidades de la gestión social de la empresa;
- Un análisis completo de las prácticas sociales de la empresa.
La mayoría de las empresas marroquíes nunca han realizado una auditoría social. Y sin embargo, el derecho laboral marroquí impone al empleador cargas sociales que pueden alcanzar una tasa efectiva del 60 % en casos de incumplimiento.
En efecto, en el caso de una empresa que no cumple con la regulación social, el empleador puede estar sujeto a varias cargas financieras:
- Multas y penalizaciones de la CNSS;
- Cargas por despido de empleados;
- Diversas penalizaciones por incumplimiento del código laboral.
Auditoría social como medida de riesgo
La auditoría social es un diagnóstico de las prácticas sociales de la empresa. De hecho, mide los riesgos sociales de una empresa.
Los riesgos sociales son las cargas que la empresa podría tener que asumir en caso de no cumplir con el derecho social.
Ejemplo: Si la empresa no cumple con su obligación de declarar a los empleados, puede enfrentar las siguientes cargas:
- Pago de las cargas sociales patronales y de los empleados no abonadas;
- Pago de penalizaciones de la CNSS;
- En caso de despido improcedente, el pago de la carga social de un empleado no declarado a la CNSS puede superar los 6 meses de salario.
La necesidad de la auditoría social
La realización de una auditoría social permite al empleador obtener una lectura clara de los riesgos que asume al no cumplir con el código laboral. La auditoría social a menudo revela que estos riesgos son mucho más elevados de lo esperado y que la economía realizada por el incumplimiento del código laboral es muy mínima en comparación con los riesgos incurridos.
La auditoría social, al igual que la auditoría financiera, cumple, por tanto, las siguientes funciones:
- Realizar un inventario completo de todas las obligaciones sociales dentro de la entidad;
- Cuantificar la carga social total del cumplimiento / incumplimiento;
- Recomendar medidas para que la entidad cumpla con la regulación social;
Ejemplo: El costo total de un empleado con un salario bruto de 10 000 MAD es de aproximadamente 13 000 MAD, es decir, un 30 % en cargas. En caso de incumplimiento, el costo total puede alcanzar hasta 16 000 MAD, es decir, un 60 % en cargas.
Riesgos de incumplimiento con sanciones y penalizaciones
El código laboral, en Marruecos, estipula sanciones y penalizaciones por incumplimiento de la legislación. De hecho, estas sanciones constituyen, en algunos casos, penas penales.
En la siguiente sección hemos realizado un inventario de las principales obligaciones sociales según el código laboral marroquí y destacado las penalizaciones aplicables para cada obligación.
Contratos de trabajo
El código laboral estipula tipos específicos de contratos de trabajo. Para cada categoría, el empleador debe presentar un contrato de trabajo al empleado.
La regulación marroquí define tres tipos de contratos de trabajo:
- El contrato de trabajo por tiempo indefinido (CDI);
- El contrato de trabajo por tiempo determinado (CDD);
- El contrato de trabajo temporal.
Multas: Entre 25 000 y 30 000 MAD por cada contrato no conforme. Para más detalles sobre los diferentes tipos de contratos, consulte nuestra guía sobre el período de prueba en el derecho laboral marroquí.
Contratación, discriminación y trabajo infantil
- El empleador debe declarar a los empleados ante la CNSS dentro de los 30 días siguientes a su contratación;
- Toda forma de discriminación (género, discapacidad, etc.) está prohibida;
- El empleo de niños menores de 16 años está prohibido;
- El empleo de menores de 16 a 18 años está estrictamente regulado (prohibido para trabajos peligrosos).
Obligaciones posteriores a la contratación
Una vez contratado un candidato, el empleador debe:
- Emitir una tarjeta de registro dentro del plazo de un año;
- Mantener un registro de nóminas;
- Exhibir los horarios de trabajo;
- Publicar el convenio colectivo (si aplica);
- Publicar las normas de salud y seguridad;
- Registrar la empresa en la seguridad social.
Tarjetas de trabajo
La tarjeta de trabajo debe emitirse dentro del año siguiente a la contratación e incluir:
- Razón social de la empresa, número de seguridad social;
- Nombre del empleado, fecha de nacimiento, nacionalidad;
- Puesto, salario;
- Fecha de ingreso.
Multa: 300 a 500 MAD por empleado.
Reglamento interno
Las empresas con 10 o más empleados deben establecer un reglamento interno dentro de un plazo de dos años. Este reglamento debe incluir:
- Las medidas disciplinarias aplicables;
- La fecha de implementación;
- Las disposiciones relativas a la rehabilitación de empleados discapacitados;
- Los horarios de trabajo.
El reglamento interno debe ser publicado y distribuido a los empleados. Multa: 2 000 a 5 000 MAD.
Convenio colectivo de trabajo
El convenio colectivo de trabajo rige las relaciones profesionales entre el empleador y los empleados, cubriendo: contratos, condiciones de trabajo, formación, garantías sociales y gestión de conflictos. Las multas van de 25 000 a 30 000 MAD por cada violación de las obligaciones.
Medicina del trabajo
Las empresas con 50 o más empleados deben establecer un servicio de salud ocupacional. Las empresas más pequeñas deben mantener un botiquín de primeros auxilios y una enfermera para aquellas con 25 o más empleados. Un examen médico es obligatorio cada 6 meses para los empleados menores de 18 años o empleados discapacitados, y anualmente para todos los demás. Multas: 2 000 a 5 000 MAD.
Equipos, empleados discapacitados, comité de seguridad e higiene, sala de lactancia
- El empleador debe proporcionar los equipos de seguridad necesarios;
- Las instalaciones deben estar adaptadas para los empleados discapacitados;
- Las empresas con 50 o más empleados deben contar con un comité de seguridad e higiene;
- Las empresas con 50 o más empleadas deben disponer de una sala de lactancia.
Fin del contrato de trabajo
En caso de renuncia, el empleado debe respetar el período de preaviso. En caso de despido, el empleador debe seguir un procedimiento específico que incluye:
- Una audiencia previa dentro de los 8 días;
- Notificación escrita del despido;
- Pago de las indemnizaciones.
Las indemnizaciones incluyen: pago del período de preaviso, indemnización por despido (basada en la antigüedad) y daños y perjuicios si corresponde. Conozca también las implicaciones del despido disciplinario en Marruecos.
Horas normales de trabajo
Las horas de trabajo están reguladas:
- 44 horas por semana (o 2 288 horas por año en sectores no agrícolas);
- Agricultura: 2 496 horas por año;
- Descanso semanal: mínimo 24 horas consecutivas;
- Horas extras: +25 % para las horas 45 a 50, +50 % para las horas 51 en adelante.
Vacaciones y días de descanso
Los empleados tienen derecho a:
- 1,5 días laborables de vacaciones anuales por mes de servicio;
- Después de 5 años de servicio, 1,5 días adicionales por período de 5 años;
- Días festivos oficiales según lo definido por la ley;
- Licencia por enfermedad con justificación médica.
Multa por incumplimiento: 300 a 500 MAD.
Salarios: SMIG, SMAG, prima de antigüedad, nóminas
- SMIG (salario mínimo): 15,55 MAD/hora (no agrícola);
- SMAG (salario mínimo agrícola): 84,37 MAD/día;
- Prima de antigüedad: 5 % después de 2 años, 10 % después de 5, 15 % después de 12, 20 % después de 20, 25 % después de 25;
- Las nóminas deben emitirse e incluir todos los elementos requeridos;
- Los empleadores deben declarar la masa salarial ante las autoridades.
Representantes de los empleados y comité de empresa
Las empresas con 10 o más empleados deben elegir representantes del personal. Las empresas con 50 o más empleados deben constituir un comité de empresa. El comité de empresa incluye: el empleador (o su delegado), 2 representantes de los empleados y 1 a 2 delegados sindicales.
Conclusión
El incumplimiento del código laboral puede costar al empleador entre un 30 y un 60 % de cargas adicionales por empleado. Una auditoría social es esencial para identificar estos riesgos e implementar medidas correctivas. Es importante conocer también la responsabilidad penal de los directivos en Marruecos ante estos incumplimientos.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una auditoría social en Marruecos?
La auditoría social es un examen sistemático de las prácticas de gestión de recursos humanos de una empresa para verificar su conformidad con la legislación laboral marroquí. Abarca aspectos como los contratos de trabajo, la remuneración, las cotizaciones sociales, las horas de trabajo, las vacaciones y las condiciones de seguridad.
¿Cuándo debe una empresa en Marruecos realizar una auditoría social?
Una auditoría social se recomienda especialmente antes de una operación de fusión o adquisición, cuando se producen cambios normativos importantes, tras inspecciones laborales o litigios, o de manera preventiva para identificar y corregir incumplimientos antes de que generen sanciones.
¿Cuáles son los riesgos del incumplimiento del código laboral en Marruecos?
El incumplimiento puede acarrear multas de 300 a 500 MAD por infracción, el pago de indemnizaciones a los empleados, cargas adicionales del 30 al 60% por empleado en caso de regularización, y la responsabilidad penal de los directivos. Las inspecciones laborales son cada vez más frecuentes.
¿Cuáles son los puntos clave que verifica una auditoría social?
Los puntos clave incluyen la conformidad de los contratos de trabajo, el respeto del salario mínimo (SMIG/SMAG), el cálculo correcto de las horas extras, la inscripción y las cotizaciones ante la CNSS, el respeto de los derechos a vacaciones, la existencia de representantes del personal y la conformidad con las normas de seguridad e higiene.
Artículo elaborado por Salaheddine Yatim, Experto Contable inscrito en el OEC y Managing Partner de Upsilon Consulting.