En resumen: La contribución social de solidaridad (CSS) en Marruecos se aplica a las sociedades y personas físicas con beneficios superiores a 1 millón de MAD. Los tipos van del 1,5% al 5% según tramos. La LF 2026 la ha prorrogado hasta 2028.
La contribución social de solidaridad (CSS) es un gravamen fiscal establecido en Marruecos desde 2021. Concebida inicialmente como una medida temporal para hacer frente a las consecuencias económicas de la crisis sanitaria, esta contribución ha sido prorrogada en varias ocasiones por las sucesivas leyes de finanzas. Hoy constituye una obligación tributaria ineludible para las empresas y las personas físicas que obtienen beneficios o rentas significativas.
En este artículo le presentamos una guía completa y actualizada de la contribución social de solidaridad en Marruecos: su fundamento jurídico, los sujetos obligados, los tipos aplicables, el método de cálculo, las obligaciones declarativas, el tratamiento contable y las evoluciones legislativas recientes.
Fundamento jurídico de la contribución social de solidaridad
La ley de finanzas marroquí del año 2021 estableció la contribución social de solidaridad sobre los beneficios y las rentas, en el marco de los artículos 267 a 273 del Código General de Impuestos (CGI).
Las leyes de finanzas 2022 y 2023 modificaron respectivamente esta contribución, unificando en particular los tipos aplicables a las personas físicas y a las personas jurídicas. Según el artículo 273 del CGI, la contribución social de solidaridad se aplica para los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025.
La Ley de Finanzas 2026 ha prorrogado la CSS por tres años adicionales, cubriendo los ejercicios 2026, 2027 y 2028, según las mismas modalidades vigentes a 31 de diciembre de 2025. Esta prórroga confirma la voluntad del legislador de perpetuar este gravamen más allá de su carácter inicialmente temporal.
Sujetos obligados a la contribución social de solidaridad
La contribución social de solidaridad se aplica a dos categorías de contribuyentes:
Personas jurídicas (sociedades)
Están sujetas las sociedades sometidas al Impuesto de Sociedades (IS), con exclusión de las que gozan de una exoneración permanente. La CSS se aplica cuando el beneficio neto fiscal es igual o superior a un millón (1.000.000) de dírhams correspondiente al último ejercicio cerrado.
Están por tanto afectadas: las sociedades de responsabilidad limitada (SARL), las sociedades anónimas (SA), las sociedades por acciones simplificadas (SAS) y cualquier otra forma jurídica sujeta al IS cuyo resultado neto alcance el umbral de un millón de dírhams.
Personas físicas
También están sujetas las personas físicas titulares de rentas profesionales y agrícolas. La contribución se calcula sobre la base de la(s) renta(s) neta(s) de impuesto mencionadas en el artículo 267 del CGI, cuando dicho importe es igual o superior a un millón (1.000.000) de dírhams.
Desde la Ley de Finanzas 2022, las rentas salariales ya no están sujetas a la CSS. Solo las rentas profesionales y las rentas agrícolas imponibles permanecen dentro del ámbito de aplicación de esta contribución.
Tipos de la contribución social de solidaridad
La Ley de Finanzas 2023 unificó los tipos aplicables a las personas físicas y a las personas jurídicas sujetas al IS. El baremo vigente es el siguiente (artículo 269 del CGI):
| Importe del beneficio o de la renta sujeto a la contribución (en dírhams) | Tipo de la contribución |
|---|---|
| De un millón a menos de 5 millones | 1,5% |
| De 5 millones a menos de 10 millones | 2,5% |
| De 10 millones a menos de 40 millones | 3,5% |
| De 40 millones y más | 5% |
Es importante señalar que estos tipos se aplican de forma proporcional sobre la totalidad del beneficio o de la renta, y no de forma progresiva por tramos. Así, una sociedad con un beneficio neto de 6 millones de dírhams estará sujeta al tipo del 2,5 % sobre la totalidad de dicho importe.
Base de cálculo de la contribución social de solidaridad
Para las sociedades (artículo 268 del CGI)
La CSS se calcula sobre la base del beneficio neto fiscal que sirve para el cálculo del Impuesto de Sociedades, tal como resulta de la declaración fiscal anual. Dicho beneficio debe ser igual o superior a un millón de dírhams correspondiente al último ejercicio cerrado.
Es importante precisar que la base de cálculo es el beneficio neto antes de la imputación de las pérdidas trasladables y antes de la aplicación del baremo del IS. Se trata del mismo importe que figura en el paquete fiscal de la empresa.
Para las personas físicas
La contribución se calcula sobre la renta global anual neta de impuesto de fuente marroquí. Concretamente:
- Para las rentas profesionales: la CSS se aplica sobre el beneficio neto contable o sobre la base imponible de la renta profesional, disminuido del importe del Impuesto sobre la Renta exigible.
- Para las rentas agrícolas imponibles: la contribución se aplica sobre el beneficio neto contable disminuido del importe del Impuesto sobre la Renta exigible.
Declaración y pago de la CSS
Obligaciones declarativas de las sociedades
Las sociedades sujetas deben presentar una declaración en los tres meses siguientes al cierre del ejercicio correspondiente, por vía electrónica a través de la plataforma SIMPL-IS. Para las empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural, el plazo límite es, por tanto, el 31 de marzo del año siguiente.
Esta declaración debe indicar el beneficio neto que sirve de base de cálculo (artículo 268 del CGI) así como el importe de la contribución correspondiente. El pago se efectúa dentro del mismo plazo que la declaración.
Obligaciones declarativas de las personas físicas
Las personas físicas titulares de rentas profesionales y/o agrícolas deben presentar su declaración por vía electrónica a través de la plataforma SIMPL-IR. La declaración debe precisar la(s) renta(s) neta(s) de impuesto así como el importe de la contribución correspondiente.
Ejemplo práctico de cálculo de la CSS
Tomemos el ejemplo de una SARL cuyo beneficio neto fiscal del ejercicio 2024 asciende a 8.000.000 MAD. Este importe se sitúa en el tramo de 5 a 10 millones de dírhams. El tipo aplicable es, por tanto, del 2,5 %.
El importe de la CSS será: 8.000.000 x 2,5 % = 200.000 MAD.
Esta contribución deberá declararse y pagarse antes del 31 de marzo de 2025 (para un ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024).
Para una persona física con una renta profesional neta de impuesto de 3.000.000 MAD, el tipo aplicable es del 1,5 %, lo que supone una CSS de 45.000 MAD.
Relación entre la CSS y el Impuesto de Sociedades
La contribución social de solidaridad es un gravamen distinto e independiente del Impuesto de Sociedades. No se deduce del IS ni lo complementa. Ambos impuestos coexisten y se calculan por separado sobre la base del mismo beneficio neto fiscal.
En la práctica, una empresa sujeta al IS deberá abonar dos gravámenes: el propio IS según los tipos vigentes, y la CSS según el baremo anterior, siempre que su beneficio supere el umbral de un millón de dírhams.
No deducibilidad de la CSS
El artículo 11 IV del Código General de Impuestos es categórico: el importe de la contribución social de solidaridad sobre los beneficios y las rentas no es deducible del resultado fiscal. Este gravamen no puede, por tanto, considerarse como un gasto que reduzca los beneficios imponibles.
Esta no deducibilidad representa una carga adicional real para las empresas, ya que la CSS se paga a partir del beneficio después de impuestos. Si se ha contabilizado como gasto, debe reintegrarse al resultado fiscal.
Tratamiento contable de la CSS
Según el dictamen del Orden de Expertos Contables de Marruecos, la contribución social de solidaridad debe contabilizarse como un impuesto sobre el resultado y no como un gasto de explotación. El asiento contable recomendado es el siguiente:
- Al debe: cuenta 6701 - Impuestos sobre beneficios (o una subcuenta específica)
- Al haber: cuenta 4453 - Estado, contribución social de solidaridad
En el momento del pago efectivo, se registra el siguiente asiento:
- Al debe: cuenta 4453 - Estado, CSS
- Al haber: cuenta 5141 - Banco
Es esencial asegurar la reintegración del importe de la CSS en el cuadro de paso del resultado contable al resultado fiscal, ya que este gasto no es deducible fiscalmente.
Exenciones y exclusiones
Quedan fuera del ámbito de aplicación de la contribución social de solidaridad:
- Las sociedades que gozan de una exoneración permanente del Impuesto de Sociedades;
- Las empresas cuyo beneficio neto es inferior a un millón de dírhams;
- Desde 2022, las rentas salariales ya no están sujetas a la CSS.
Sin embargo, las sociedades que se benefician de exenciones temporales o de tipos reducidos del IS siguen sujetas a la CSS siempre que su beneficio neto supere el umbral de un millón de dírhams.
Evoluciones recientes: Ley de Finanzas 2026
La Ley de Finanzas 2026 ha procedido a la prórroga de la contribución social de solidaridad para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, según las mismas modalidades vigentes a 31 de diciembre de 2025. Los tipos, umbrales y reglas de cálculo permanecen inalterados.
Esta prórroga se inscribe en la continuidad de la política presupuestaria de Marruecos orientada a movilizar recursos adicionales para la financiación de los programas sociales, en particular la generalización de la protección social.
Para más información, descargue la circular 731 relativa a la LDF 2021.
Para una consulta sobre su situación particular, solicite un presupuesto en línea.
IS + CSS: ¿cuál es el impacto fiscal total en su empresa? Nuestra calculadora de la tasa del IS integra la contribución social de solidaridad para ofrecerle una visión completa de su carga tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Quién está sujeto a la contribución social de solidaridad en Marruecos?
Están sujetas las sociedades cuyo beneficio neto supera 1 millón de dírhams, las personas físicas cuyos ingresos superan ciertos umbrales, así como los ingresos salariales y asimilados. Los umbrales y tipos varían según la categoría de contribuyente.
¿Es deducible la contribución social de solidaridad del Impuesto de Sociedades?
No, la contribución social de solidaridad no es deducible de la base imponible del Impuesto de Sociedades ni del Impuesto sobre la Renta. Se trata de una carga definitiva que se añade a la carga fiscal ordinaria de la empresa.
¿Hasta cuándo se aplica la contribución social de solidaridad en Marruecos?
La Ley de Finanzas 2026 ha prorrogado la contribución social de solidaridad para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, manteniendo las mismas modalidades, tipos y umbrales vigentes. Esta prórroga se inscribe en la financiación de los programas de protección social.
¿Cómo se declara y se paga la contribución social de solidaridad?
La contribución se declara mediante teledeclaración a través de la plataforma SIMPL de la DGI. Para las sociedades, el pago se realiza en una sola vez antes del final del tercer mes siguiente al cierre del ejercicio. Para los asalariados, la retención la efectúa el empleador mensualmente.
Este artículo ha sido elaborado por los expertos fiscales de Upsilon Consulting, despacho inscrito en el Colegio de Expertos Contables (OEC) de Marruecos, con amplia experiencia en fiscalidad de las empresas.
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Artículo elaborado por Salaheddine Yatim, Experto Contable inscrito en el OEC y Managing Partner de Upsilon Consulting.