En resumen: En 2026, las cotizaciones CNSS en Marruecos representan el 21,09 % a cargo del empleador y el 6,74 % a cargo del asalariado (total: 27,83 %). Las principales ramas son: asignaciones familiares (6,40 % empleador), prestaciones sociales a corto plazo (1,05 % + 0,52 %), prestaciones sociales a largo plazo (7,93 % + 3,96 %), AMO (4,11 % + 2,26 %) y tasa de formación profesional (1,6 % empleador). El tope mensual es de 6 000 DH para las prestaciones a corto y largo plazo. Las declaraciones se realizan a través de damancom.ma.
Cuadro principal de las cotizaciones CNSS 2026
El cuadro siguiente resume el conjunto de las cotizaciones sociales obligatorias debidas a la Caja Nacional de Seguridad Social (CNSS) para el año 2026. Estos tipos se aplican a todos los empleadores del sector privado y a sus asalariados.
| Rama | Parte empleador | Parte asalariado | Total | Tope mensual |
|---|---|---|---|---|
| Asignaciones familiares | 6,40 % | 0 % | 6,40 % | Sin tope |
| Prestaciones sociales a corto plazo (enfermedad, maternidad) | 1,05 % | 0,52 % | 1,57 % | 6 000 DH |
| Prestaciones sociales a largo plazo (jubilación, fallecimiento, invalidez) | 7,93 % | 3,96 % | 11,89 % | 6 000 DH |
| AMO (Seguro de Enfermedad Obligatorio) | 4,11 % | 2,26 % | 6,37 % | Sin tope |
| Tasa de formación profesional | 1,60 % | 0 % | 1,60 % | Sin tope |
| Total | 21,09 % | 6,74 % | 27,83 % | — |
Notas importantes sobre los tipos
- Los tipos de asignaciones familiares (6,40 %) se aplican sobre la totalidad del salario bruto, sin tope
- El AMO (4,11 % + 2,26 %) se aplica igualmente sobre el salario bruto total, sin tope
- La tasa de formación profesional (1,60 %) se calcula sobre el salario bruto total, sin tope
- Las prestaciones a corto plazo y a largo plazo están sujetas a un tope de 6 000 DH mensuales
Topes de cotización CNSS
Tope mensual de 6 000 DH
El tope de 6 000 DH mensuales se aplica a las cotizaciones de las siguientes ramas:
- Prestaciones sociales a corto plazo: enfermedad, maternidad
- Prestaciones sociales a largo plazo: jubilación, fallecimiento, invalidez
Concretamente, para un asalariado que percibe un salario bruto de 15 000 DH, las cotizaciones a corto y largo plazo se calculan sobre 6 000 DH únicamente, y no sobre 15 000 DH.
Ramas sin tope
Las siguientes ramas se calculan sobre el salario bruto total, sin limitación:
- Asignaciones familiares (6,40 % empleador)
- AMO (4,11 % empleador + 2,26 % asalariado)
- Tasa de formación profesional (1,60 % empleador)
Cuadro recapitulativo de los topes
| Rama | Base de cálculo | Tope |
|---|---|---|
| Asignaciones familiares | Salario bruto total | Ninguno |
| Prestaciones a corto plazo | Salario bruto con tope | 6 000 DH/mes |
| Prestaciones a largo plazo | Salario bruto con tope | 6 000 DH/mes |
| AMO | Salario bruto total | Ninguno |
| Tasa formación pro | Salario bruto total | Ninguno |
Ejemplo completo de nómina (salario bruto: 10 000 DH)
Tomemos el ejemplo de un asalariado con un salario mensual bruto de 10 000 DH para ilustrar el cálculo detallado de las cotizaciones CNSS y del IR.
Cotizaciones CNSS — Parte asalariado
| Rama | Base | Tipo | Importe |
|---|---|---|---|
| Prestaciones a corto plazo | 6 000 DH (tope) | 0,52 % | 31,20 DH |
| Prestaciones a largo plazo | 6 000 DH (tope) | 3,96 % | 237,60 DH |
| AMO | 10 000 DH (totalidad) | 2,26 % | 226,00 DH |
| Total parte asalariado | — | — | 494,80 DH |
Cotizaciones CNSS — Parte empleador
| Rama | Base | Tipo | Importe |
|---|---|---|---|
| Asignaciones familiares | 10 000 DH (totalidad) | 6,40 % | 640,00 DH |
| Prestaciones a corto plazo | 6 000 DH (tope) | 1,05 % | 63,00 DH |
| Prestaciones a largo plazo | 6 000 DH (tope) | 7,93 % | 475,80 DH |
| AMO | 10 000 DH (totalidad) | 4,11 % | 411,00 DH |
| Tasa formación pro | 10 000 DH (totalidad) | 1,60 % | 160,00 DH |
| Total parte empleador | — | — | 1 749,80 DH |
Cálculo del salario neto
| Elemento | Importe |
|---|---|
| Salario bruto | 10 000,00 DH |
| (-) Cotizaciones CNSS asalariado | - 494,80 DH |
| Salario bruto imponible | 9 505,20 DH |
| (-) Gastos profesionales (25 %, tope 2 916,67 DH/mes) | - 2 500,00 DH |
| Salario neto imponible | 7 005,20 DH |
| (-) IR bruto (baremo progresivo, tramo 30 %) | - 601,56 DH |
| (+) Deducciones por cargas familiares (30 DH/mes por persona, máx 6) | Variable |
| IR neto (estimación asalariado soltero sin hijos) | ~ 601,56 DH |
| Salario neto | ~ 8 903,64 DH |
Para una simulación personalizada, utilice nuestro simulador de salario neto y bruto.
Coste total empleador
| Elemento | Importe |
|---|---|
| Salario bruto | 10 000,00 DH |
| (+) Cotizaciones CNSS empleador | + 1 749,80 DH |
| Coste total empleador | 11 749,80 DH |
El coste empleador representa por tanto el 117,5 % del salario bruto, es decir, un sobrecoste del 17,5 % vinculado únicamente a las cotizaciones CNSS.
CNSS y auto-empresario
Régimen específico
Los auto-empresarios se benefician de un régimen CNSS simplificado desde 2019, gestionado por la CNSS en el marco de la extensión de la cobertura social.
| Parámetro | Detalle |
|---|---|
| Cotización forfaitaria | Basada en la cifra de negocios declarada |
| Tipo | Variable según el sector (industrial, comercial, servicios) |
| Cobertura | AMO (enfermedad), asignaciones familiares, jubilación (pensión mínima) |
| Declaración | Trimestral a través de la plataforma auto-empresario |
| Tope CA máx | 200 000 DH (servicios) / 500 000 DH (comercial/industrial) |
Cobertura AMO auto-empresario: El auto-empresario cotiza a la AMO y se beneficia de la cobertura de enfermedad para sí mismo y sus derechohabientes.
Para más información sobre el estatus de auto-empresario en Marruecos, consulte nuestra guía dedicada.
Cotizaciones indicativas auto-empresario 2026
| CA trimestral declarado | Cotización trimestral indicativa |
|---|---|
| 0 a 25 000 DH | ~ 600 DH |
| 25 001 a 50 000 DH | ~ 1 200 DH |
| 50 001 a 125 000 DH | ~ 2 400 DH |
Nota: Estos importes son indicativos y pueden variar. Consulte el sitio oficial de la CNSS (cnss.ma) para los baremos vigentes.
Fechas de declaración y pago
Bordereau de Declaración de Asalariados (BDS)
El empleador está obligado a declarar a sus asalariados y a abonar las cotizaciones CNSS cada mes (declaración mensual obligatoria desde la reforma de desmaterialización).
Calendario de declaraciones
| Período | Fecha límite de declaración y pago |
|---|---|
| Enero | 28 de febrero |
| Febrero | 31 de marzo |
| Marzo | 30 de abril |
| Abril | 31 de mayo |
| Mayo | 30 de junio |
| Junio | 31 de julio |
| Julio | 31 de agosto |
| Agosto | 30 de septiembre |
| Septiembre | 31 de octubre |
| Octubre | 30 de noviembre |
| Noviembre | 31 de diciembre |
| Diciembre | 31 de enero N+1 |
Teledeclaración a través de Damancom
Desde 2016, la teledeclaración es obligatoria para todas las empresas, a través del portal damancom.ma. El proceso comprende:
- Conexión al portal con los identificadores CNSS de la empresa
- Introducción o importación de los datos salariales (identidad, salario bruto, días trabajados)
- Validación y generación del bordereau de pago
- Pago por transferencia bancaria, domiciliación o telepago
Documentos a conservar: El bordereau de declaración validado, las nóminas y los contratos de trabajo deben conservarse durante 10 años.
Sanciones en caso de retraso
Recargos de demora
El incumplimiento de los plazos de declaración y pago conlleva sanciones financieras significativas:
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Retraso en el pago | Recargo del 3 % por mes de retraso sobre las cotizaciones debidas |
| Retraso en la declaración | Penalidad del 1,5 % por mes de retraso |
| Falta de declaración | Liquidación de oficio + recargos |
| Subdeclaración de salarios | Regularización + recargos |
Controles CNSS
La CNSS efectúa controles sobre documentos y sobre el terreno para verificar la conformidad de las declaraciones. Los inspectores CNSS tienen acceso a los registros de nóminas, a los contratos de trabajo y a los extractos bancarios. En caso de ajuste, el empleador dispone de un plazo de 30 días para impugnar la decisión.
Prestaciones cubiertas por la CNSS
Prestaciones a corto plazo
| Prestación | Condiciones | Importe |
|---|---|---|
| Subsidios diarios de enfermedad | 54 días de cotización en 6 meses | 2/3 del salario con tope, máx 52 semanas |
| Subsidios de maternidad | 54 días en 10 meses | 100 % del salario con tope, 14 semanas |
| Subsidio de fallecimiento | 54 días en 6 meses | Capital de fallecimiento abonado a los derechohabientes |
Prestaciones a largo plazo
| Prestación | Condiciones | Importe |
|---|---|---|
| Pensión de jubilación | 3 240 días de cotización, edad 60 años | 50 % del salario medio de los últimos 96 meses (con tope) |
| Pensión de invalidez | 1 080 días de cotización | 50 % del salario medio (con tope) |
| Pensión de supervivientes | Cotizaciones del fallecido | 50 % de la pensión del fallecido para el cónyuge |
Asignaciones familiares
| Número de hijos | Importe mensual |
|---|---|
| 1 a 3 hijos | 300 DH por hijo |
| 4 a 6 hijos | 36 DH por hijo adicional |
| Más de 6 | 0 DH |
Condiciones: Hijos a cargo menores de 21 años (o 26 años si estudiantes), asalariado que haya declarado al menos 108 días de cotización en 6 meses.
AMO (Seguro de Enfermedad Obligatorio)
El AMO cubre los gastos de atención sanitaria del asalariado y de sus derechohabientes:
- Consultas médicas
- Hospitalización
- Medicamentos (según la lista de medicamentos reembolsables)
- Análisis biológicos y radiológicos
- Atención dental (parcialmente)
- Gafas (forfait)
Tasa de reembolso: Generalmente 70 % de la tarifa nacional de referencia para la atención ambulatoria, y 90 % para las hospitalizaciones en el sector público.
Comparación CNSS vs CIMR (régimen complementario)
CNSS: régimen de base obligatorio
La CNSS constituye el régimen de base de seguridad social, obligatorio para todos los asalariados del sector privado. Las prestaciones están sujetas a tope (pensión de jubilación calculada sobre un salario con tope de 6 000 DH).
CIMR: régimen complementario facultativo
La Caja Interprofesional Marroquí de Jubilación (CIMR) es un régimen de jubilación complementario y facultativo, basado en un sistema de puntos.
| Criterio | CNSS | CIMR |
|---|---|---|
| Naturaleza | Obligatorio | Facultativo |
| Gestión | Establecimiento público | Caja de jubilación privada |
| Base de cálculo | Salario con tope (6 000 DH) | Salario total (sin tope) |
| Tipo cotización | Fijado por la ley | Elegido por la empresa (3 % a 10 %) |
| Parte empleador/asalariado | Fijada por la ley | Generalmente 50/50 |
| Pensión máxima | Con tope | En función de los puntos acumulados |
| Edad de jubilación | 60 años | 60 años (anticipada posible desde los 55 años) |
| Reversión | 50 % al cónyuge | 60 % al cónyuge |
Interés de la CIMR para los salarios elevados
Para un asalariado que percibe 20 000 DH brutos, la pensión CNSS se calcula sobre la base de 6 000 DH únicamente, es decir, una pensión máxima de aproximadamente 3 000 DH/mes. La CIMR permite compensar esta limitación constituyendo derechos complementarios sobre la totalidad del salario.
Ventaja fiscal: Las cotizaciones CIMR (parte asalariado) son deducibles del ingreso bruto imponible para el cálculo del IR, lo que reduce la carga fiscal del asalariado.
Obligaciones declarativas vinculadas a la nómina
Declaración de salarios (estado 9421)
El empleador debe presentar cada año ante la DGI la declaración de sueldos y salarios (estado 9421) que recapitula el conjunto de las remuneraciones abonadas y de las retenciones efectuadas.
Nómina obligatoria
El Código de Trabajo marroquí impone la entrega de una nómina a cada asalariado, que mencione:
- Identidad del empleador y del asalariado
- Período de nómina y número de días/horas trabajadas
- Salario bruto y sus componentes (base, horas extraordinarias, primas)
- Detalle de las cotizaciones CNSS (parte asalariado)
- Retención IR en la fuente
- Salario neto a pagar
Indemnización por despido y CNSS
En caso de despido, la indemnización por despido se calcula sobre la base de la antigüedad del asalariado. Esta indemnización se beneficia de un régimen fiscal específico detallado en nuestra guía sobre la fiscalidad de la indemnización por despido.
El dominio de las cotizaciones CNSS es esencial para todo empleador en Marruecos. Un error de cálculo o un retraso en la declaración puede conllevar majoraciones financieras significativas. Para un acompañamiento en la gestión de su nómina y de sus obligaciones sociales, no dude en consultarnos.