En resumen: El rechazo de la contabilidad por la Administración fiscal (DGI) durante una inspección fiscal invierte la carga de la prueba y permite a la administración determinar las bases imponibles según sus propios elementos. Para evitarlo, la empresa debe mantener una contabilidad rigurosa conforme a la ley 09-88.
El rechazo de la contabilidad por la Administración fiscal durante una inspección fiscal puede tener graves consecuencias. En efecto, en virtud de las disposiciones del artículo 213 del CGI:
“Cuando los asientos de un ejercicio contable o de un período de imposición presenten irregularidades graves de tal naturaleza que:
- pongan en duda el valor probatorio de la contabilidad,
- y tengan como consecuencia una insuficiencia de cifra de negocios o de resultado imponible
- o no permitan que la contabilidad presentada justifique los resultados declarados,
la administración puede determinar la base de imposición según los elementos de que disponga”.
Se desprende claramente de este artículo que el rechazo de la contabilidad tiene como consecuencia otorgar a la Administración fiscal un poder de apreciación sobre las bases de imposición. Además, la circular 717 precisa que esta situación invierte la carga de la prueba. En efecto, corresponde al contribuyente probar la inexactitud de las apreciaciones de la administración.
En la práctica, el rechazo de la contabilidad conduce casi sistemáticamente a la rectificación al alza de la cifra de negocios declarada. En ocasiones, conduce a la puesta en cuestión del margen neto declarado.
Motivos del rechazo de la contabilidad
Según el artículo 145 del CGI, los contribuyentes deben llevar una contabilidad regular y conforme a la reglamentación marroquí. En efecto, es esta regularidad la que otorga a la Administración la posibilidad de ejercer los controles previstos por el C.G.I.
¿Qué es una contabilidad regular?
Una contabilidad regular es aquella que el contribuyente lleva respetando las disposiciones:
- En primer lugar, de la ley 9-88 relativa a las obligaciones contables de los comerciantes;
- A continuación, de la ley 15-95 que constituye el código de comercio;
- Además, del Código General de Normalización Contable;
- Por último, de los artículos 145, 146 y 147 del C.G.I.
Una empresa (y más generalmente un comerciante) debe respetar reglas de fondo y de forma.
Reglas de fondo para evitar el rechazo de la contabilidad
De la llevanza de los libros contables
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En primer lugar, proceder al registro contable de los movimientos que afecten su patrimonio;
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En segundo lugar, controlar la existencia y el valor de los elementos activos y pasivos del patrimonio. Este control se efectúa mediante inventario al menos una vez por ejercicio;
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En tercer lugar, elaborar estados de síntesis anuales sinceros, que reflejen al cierre de cada ejercicio:
el patrimonio,
-
la situación financiera
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y el resultado de la explotación
-
En cuarto lugar, asegurarse de que los estados de síntesis reflejan los registros contables en el:
-
libro diario,
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y libro de inventario.
Los estados de síntesis que una empresa debe producir incluyen:
- En primer lugar, el balance;
- En segundo lugar, la cuenta de productos y gastos (C.P.C.);
- En tercer lugar, el estado de saldos de gestión (E.S.G.);
- En cuarto lugar, el cuadro de financiación (T.F.);
- Por último, el estado de informaciones complementarias (E.T.I.C).
La administración puede rechazar la contabilidad en caso de ausencia o insuficiencia de uno de estos libros. Además, puede rechazar esta contabilidad en caso de incumplimiento en la llevanza de los libros contables.
De la fiabilidad de los libros contables
En caso de insuficiencia de las cifras declaradas, la Administración fiscal puede proceder al rechazo de la contabilidad de la empresa.
Esta insuficiencia podría ser establecida por la administración mediante varios medios, en particular:
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El cruce de la cifra de negocios declarada con las deducciones realizadas por los clientes;
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La reconstitución interna de la cifra de negocios, ya sea mediante:
control cuantitativo y/o control de materias;
-
utilización de constantes y parámetros de fabricación.
Cuando la Administración pone en duda la fiabilidad de los libros, puede rechazar la contabilidad.
Reglas de forma para evitar el rechazo de la contabilidad
Reglas contables
En materia de registro contable, las empresas deben:
-
En primer lugar, producir un diario de asientos contables. En efecto, el libro diario permite proceder al registro:
de manera cronológica y global,
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día a día,
-
respetando los principios de contabilidad de devengo.
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En segundo lugar, producir un balance general y un balance auxiliar. En efecto:
-
Por un lado, el balance general permite registrar globalmente los créditos y las deudas al cierre del ejercicio;
-
Por otro, el balance auxiliar permite detallarlos en una lista sumaria que menciona la identidad de los clientes y proveedores y el importe de sus deudas;
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En tercer lugar, producir un libro mayor de asientos. En efecto, el libro mayor permite presentar el detalle por cuenta del plan contable que justifican los saldos presentes en el balance general y auxiliar;
-
Por último, la empresa debe disponer del conjunto de documentos contables que justifiquen los asientos, a saber:
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Facturas probatorias de los proveedores para las compras;
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Comprobantes de caja y vales para los gastos en efectivo;
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Copia de los cheques y órdenes de transferencia;
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Extractos bancarios y estados de conciliación bancaria;
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Facturas de ventas establecidas según una secuencia continua y de manera cronológica
-
…
Libros legales
En cuanto a la forma, las empresas deben presentar al Inspector de Impuestos:
- Un manual de procedimientos contables. que tiene por objeto describir la organización contable de su empresa. Se trata de una obligación para toda empresa cuya cifra de negocios supere los 10 millones de dirhams;
- El libro de inventario. Se trata de un libro numerado y rubricado por el juez del tribunal competente antes de su utilización. En efecto, este documento debe contener un estado estimativo y descriptivo de los elementos activos y pasivos de la empresa;
- Libro especial de nóminas. Obligatorio en virtud del artículo 80 del C.G.I., este libro recapitula los totales de las hojas de nómina. Esta obligación también se desprende del artículo 371 de la ley n°65-99 relativa al código de trabajo. La empresa puede solicitar la dispensa de llevanza de un registro manual al inspector de trabajo si lleva un libro informatizado.
El incumplimiento de las reglas de forma, o la ausencia de uno de los libros previstos por la ley pueden constituir una base que justifique que la administración rechace la contabilidad.
Consecuencias de un rechazo de la contabilidad
En caso de rechazo de la contabilidad por la Administración fiscal, se aplican las disposiciones del artículo 213. En efecto, esto otorga a la administración un poder de apreciación.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo puede la administración fiscal rechazar la contabilidad de una empresa en Marruecos?
La administración puede rechazar la contabilidad cuando constata irregularidades graves como la ausencia de justificantes, errores repetidos en la contabilización, la ocultación de compras o ventas, o la contabilización de operaciones ficticias. Esta decisión se toma durante una inspección fiscal.
¿Cuáles son las consecuencias del rechazo de la contabilidad en Marruecos?
El rechazo de la contabilidad invierte la carga de la prueba: es la empresa la que debe demostrar la regularidad de sus operaciones. La administración puede entonces proceder a una imposición de oficio basada en indicios y elementos externos.
¿Cómo protegerse contra un rechazo de contabilidad en Marruecos?
La mejor protección consiste en mantener una contabilidad rigurosa, conservar todos los justificantes durante al menos 10 años, realizar inventarios periódicos y someter la contabilidad a una auditoría fiscal preventiva por un experto contable antes de cualquier control.
La administración puede entonces establecer la imposición sobre bases diferentes de las que el contribuyente ha declarado.
Este derecho interviene, según las disposiciones del artículo 213 y de la circular 717, en los siguientes casos:
- En primer lugar, la falta de presentación de una contabilidad llevada conforme a las disposiciones legales (de fondo y de forma);
- En segundo lugar, la ausencia de los inventarios previstos por el mismo artículo;
- En tercer lugar, la ocultación de compras o ventas que la administración pruebe;
- En cuarto lugar, los errores, omisiones o inexactitudes graves y repetidas, constatadas en la contabilización de las operaciones;
- En quinto lugar, la ausencia de documentos justificativos que prive a la contabilidad de todo valor probatorio;
- En sexto lugar, la no contabilización de operaciones efectuadas por el contribuyente;
- Por último, la contabilización de operaciones ficticias.
El rechazo de la contabilidad, cuando una inspección fiscal lo establece, conduce a una inversión de la carga de la prueba.
En efecto, cuando la contabilidad presenta irregularidades graves, la carga de la prueba corresponde al contribuyente.
En conclusión
Este artículo ha sido elaborado por los expertos fiscales de Upsilon Consulting, despacho inscrito en el Colegio de Expertos Contables (OEC) de Marruecos, con amplia experiencia en auditoría fiscal y acompañamiento durante inspecciones fiscales.
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