Cuales son las reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades?
Por territorialidad del Impuesto de Sociedades se entienden las reglas aplicables para determinar si una sociedad esta sujeta a dicho impuesto en funcion de su situacion geografica.
Asi, el Codigo General de Impuestos establece que las sociedades que ejercen una actividad en Marruecos estan sujetas al Impuesto de Sociedades. Esta imposicion se aplica tanto si dichas sociedades tienen como si no tienen domicilio social en Marruecos.
Ademas, dicho articulo establece que el impuesto se aplica sobre el conjunto de:
- productos, beneficios e ingresos relacionados con los bienes que poseen en Marruecos;
- ingresos y beneficios vinculados a la actividad que ejercen;
- operaciones lucrativas que realizan en Marruecos, incluso de forma ocasional;
Asimismo, el Impuesto de Sociedades puede ser exigible cuando un convenio fiscal otorga ese derecho a Marruecos.
Territorialidad del Impuesto de Sociedades - Sociedad con domicilio social en Marruecos
La existencia de un domicilio social es el primer criterio de territorialidad del Impuesto de Sociedades. En efecto, una sociedad con domicilio social en Marruecos es una “sociedad de derecho marroqui”.
Asi, el Impuesto de Sociedades se aplica de manera bastante evidente a las sociedades de derecho marroqui. En efecto, el impuesto grava la totalidad de los beneficios que obtienen. Por beneficios se entiende la diferencia entre los productos imponibles y los gastos deducibles.
Ademas, estas sociedades deben pagar el Impuesto de Sociedades tambien por las operaciones realizadas en el extranjero. Sin embargo, las reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades pueden depender de:
- la naturaleza de las operaciones;
- la condicion del operador en el extranjero;
Dependen, asimismo, de la existencia o no de un establecimiento en el extranjero que tenga la calificacion de establecimiento permanente.
Analicemos una por una las dos situaciones siguientes:
- operaciones realizadas en Marruecos;
- y operaciones realizadas en el extranjero.
En primer lugar, las operaciones realizadas en Marruecos
Las reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades establecen que el impuesto sobre las sociedades de derecho marroqui se aplica a las operaciones realizadas en Marruecos.
En efecto, este impuesto grava el conjunto de los beneficios. Se trata, en particular, de:
- las ventas que una empresa realiza en Marruecos;
- las prestaciones de servicios realizadas en Marruecos;
- las ventas realizadas desde Marruecos hacia el extranjero (exportacion de bienes y servicios)
Ejemplo: Una sociedad con domicilio social en Marruecos que realiza exportaciones debe someter al Impuesto de Sociedades el beneficio de dicha exportacion.
En efecto, todo ingreso con origen en el extranjero que no este vinculado a un establecimiento permanente debe tributar en Marruecos. Podemos citar los siguientes ejemplos (lista no exhaustiva):
- En primer lugar, estudios tecnicos realizados por una empresa marroqui para un cliente extranjero;
- En segundo lugar, asistencia tecnica y prestacion de mano de obra;
- En tercer lugar, alquiler de equipos en el extranjero;
Por el contrario, en el caso de obras inmobiliarias y montaje en el extranjero, estos quedan fuera del ambito del impuesto en Marruecos. Sin embargo, pueden estar sujetos a imposicion en Marruecos cuando un convenio asi lo establezca.
A continuacion, los establecimientos explotados en el extranjero
Las sociedades que tienen su domicilio social en Marruecos y que cuentan con un establecimiento permanente en el extranjero no tributan por los beneficios de dicho establecimiento. Esta regla se aplica sin perjuicio de las disposiciones de los convenios fiscales.
En este caso, procede verificar las siguientes condiciones:
- El establecimiento permanente debe realizar la operacion con sus propios medios. Si la sede marroqui participa en la realizacion, deben aplicarse las reglas de precios de transferencia;
- La venta o la prestacion debe corresponder a un ciclo comercial completo de operaciones realizadas en el extranjero.
Cuando existe un convenio fiscal entre Marruecos y Francia u otro pais, las disposiciones convencionales pueden modificar estas reglas. No obstante, cabe precisar que siguen siendo imponibles en Marruecos:
- las remuneraciones por prestaciones de servicios puntuales realizadas por la sociedad marroqui a sus establecimientos en el extranjero;
- la participacion de estos establecimientos en los gastos de sede de la sociedad marroqui.
Si las operaciones no constituyen un ciclo completo en el extranjero, permanecen sujetas al Impuesto de Sociedades en Marruecos.
Territorialidad del Impuesto de Sociedades - Sociedad sin domicilio social en Marruecos
Las reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades consideran a estas sociedades como sociedades extranjeras. Sin embargo, en ciertos casos, las reglas de territorialidad permiten gravar la totalidad o parte de estos ingresos.
Asi, estas sociedades estaran sujetas a imposicion por:
- En primer lugar, la posesion de bienes en Marruecos;
- En segundo lugar, el ejercicio de una actividad en Marruecos;
- Por ultimo, la realizacion de operaciones lucrativas ocasionales en Marruecos;
Ademas, cabe recordar que ciertos productos brutos pueden estar sujetos al impuesto mediante retencion en la fuente.
Reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades en materia de posesion de bienes en Marruecos
El Impuesto de Sociedades se aplica en este caso sobre la base de los ingresos y plusvalias obtenidos de la gestion o cesion de dichos bienes.
Cabe recordar que la aplicacion de dicho impuesto puede realizarse:
- mediante declaracion;
- mediante retencion en la fuente.
Es necesario recordar, una vez mas, que en presencia de disposiciones convencionales diferentes, estas ultimas prevalecen.
Reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades en materia de ejercicio de una actividad en Marruecos
Una sociedad extranjera que tiene un establecimiento permanente en Marruecos esta sujeta al Impuesto de Sociedades sobre los beneficios de dicho establecimiento.
Por establecimiento permanente se entiende:
- una sede de direccion o de explotacion;
- una sucursal;
- una agencia, un local de ventas;
- una obra de construccion o montaje;
- una oficina o mostrador de compras explotado en Marruecos. En este caso, la reventa debe realizarse en el estado en que se encuentra en Marruecos.
Cuando existe un convenio fiscal, las disposiciones que definen un establecimiento permanente prevalecen.
Ademas, cabe recordar que tambien esta sujeta a imposicion en Marruecos una sociedad extranjera que:
- realiza una operacion en Marruecos;
- en el marco de un ciclo comercial completo.
En este caso, la ausencia de establecimiento permanente no es suficiente para eludir la imposicion.
Ejemplo: Un sitio web que realiza operaciones de dropshipping desde un proveedor marroqui hacia un cliente marroqui.
Reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades en materia de realizacion de operaciones lucrativas ocasionales en Marruecos
Las reglas de territorialidad del Impuesto de Sociedades precisan que para que una operacion este sujeta a este impuesto, el caracter habitual no es necesario. Asi, incluso una operacion ocasional queda sujeta desde el momento en que reviste un caracter lucrativo.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el principio de territorialidad del Impuesto de Sociedades en Marruecos?
El principio de territorialidad establece que solo los beneficios obtenidos en territorio marroquí están sujetos al IS. Sin embargo, las sociedades con establecimiento permanente en Marruecos tributan sobre los beneficios de dicho establecimiento, y los convenios fiscales pueden modificar estas reglas.
¿Una sociedad extranjera sin establecimiento permanente puede estar sujeta al IS en Marruecos?
Sí, una sociedad extranjera que realiza una operación en el marco de un ciclo comercial completo en Marruecos puede estar sujeta al IS, incluso sin establecimiento permanente. Esto incluye, por ejemplo, las operaciones de comercio electrónico dirigidas al mercado marroquí.
¿Qué se considera un establecimiento permanente a efectos del IS en Marruecos?
Se considera establecimiento permanente una sede de dirección, una sucursal, una agencia, un local de ventas, una obra de construcción o montaje y una oficina de compras explotada en Marruecos. Los convenios fiscales pueden prever definiciones específicas que prevalecen.
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