En resumen: El cheque en Marruecos está regulado por los artículos 239 a 328 del Code de Commerce. Es un instrumento de pago a la vista que supone la existencia de una provisión previa y disponible (Art. 241). El cheque debe contener menciones obligatorias (Art. 239) y ser presentado al pago en un plazo de un año para los cheques emitidos en Marruecos (Art. 268). La emisión de un cheque sin fondos está severamente sancionada: 1 a 5 años de prisión y una multa de 2 000 a 10 000 DH (Art. 316), junto con una prohibición bancaria de 10 años. Un procedimiento de regularización (Art. 312-313) permite, no obstante, evitar el enjuiciamiento penal.
Condiciones de forma del cheque (Art. 239)
El cheque es un documento escrito por el cual el librador ordena al librado (el banco) pagar a la vista una suma determinada al beneficiario. El artículo 239 del Code de Commerce enumera las menciones obligatorias que debe contener el cheque:
- La denominación «cheque» insertada en el texto mismo del título
- El mandato puro y simple de pagar una suma determinada
- El nombre del librado (la entidad bancaria)
- La indicación del lugar de pago
- La indicación de la fecha y del lugar de creación del cheque
- La firma del librador
La ausencia de una de estas menciones conlleva la nulidad del título como cheque. Sin embargo, a falta de indicación del lugar de pago, el cheque es pagadero en el lugar designado junto al nombre del librado.
Carácter de pago a la vista
El cheque es siempre un instrumento de pago a la vista: es pagadero desde su presentación, cualquiera que sea la fecha que figure en el título. Toda mención contraria se reputa no escrita. Un cheque posfechado es pagadero el día de su presentación efectiva.
La provisión del cheque (Art. 241)
Obligación de provisión previa y disponible
El artículo 241 del Code de Commerce establece el principio fundamental de la provisión: el librador debe constituir la provisión en el momento de la emisión del cheque. La provisión debe ser:
- Previa: debe existir en el momento de la emisión
- Disponible: el librador debe poder disponer de ella libremente
- Suficiente: debe cubrir el importe íntegro del cheque
La provisión está constituida por el crédito del librador sobre el librado (saldo acreedor de la cuenta bancaria). Es esta exigencia de provisión la que distingue el cheque de los efectos de comercio a plazo como la letra de cambio.
Propiedad de la provisión
La provisión del cheque pertenece al tenedor desde la emisión del título. Esta regla tiene una consecuencia importante: en caso de reorganización o liquidación judicial del librador, el tenedor del cheque goza de un derecho exclusivo sobre la provisión.
Tipos de cheques
El Code de Commerce marroquí reconoce varias modalidades de cheques, cada una con garantías específicas:
Cheque cruzado
El cheque cruzado solo puede ser pagado a un banquero o a un cliente del librado. El cruzamiento se materializa mediante dos barras paralelas trazadas en el anverso del cheque. Puede ser general (entre las barras, ninguna mención o la mención «banquero») o especial (el nombre de un banquero designado figura entre las barras). El cruzamiento general puede transformarse en cruzamiento especial, pero no a la inversa.
Cheque certificado
El cheque certificado es un cheque en el que el banco librado estampa la mención «certificado» con su firma, atestiguando la existencia de la provisión y bloqueándola en favor del tenedor. La certificación garantiza la existencia de la provisión durante el plazo de presentación. Es un instrumento de seguridad muy utilizado en las transacciones inmobiliarias y los contratos públicos.
Cheque bancario
El cheque bancario es emitido directamente por una entidad bancaria, librado sobre sus propias cajas. Ofrece la garantía más sólida ya que es el propio banco quien se compromete al pago. Se exige habitualmente para las transacciones de importe elevado.
Cheque visado
El cheque visado lleva el visto bueno del banco librado, que simplemente atestigua la existencia de la provisión en el momento del visado, sin bloquearla. La provisión puede, por tanto, consumirse entre el visado y la presentación al pago.
Cheque circular
El cheque circular es un cheque emitido por una entidad de crédito y pagadero en todas las ventanillas de dicha entidad o de sus corresponsales.
Endoso del cheque (Art. 254)
El cheque transmisible por endoso obedece a las mismas reglas que la letra de cambio. El endoso transfiere todos los derechos derivados del cheque. El endoso puede ser traslativo (transferencia de propiedad), por procuración (mandato de cobro) o pignoraticio (constitución de prenda).
Presentación al pago y plazos (Art. 268)
Plazos de presentación
El artículo 268 del Code de Commerce fija los plazos de presentación del cheque al pago:
- 20 días para los cheques emitidos y pagaderos en Marruecos en la misma plaza
- 60 días para los cheques emitidos fuera de Marruecos y pagaderos en Marruecos
- El cheque emitido en Marruecos debe en todo caso ser presentado en un plazo máximo de un año a contar desde la fecha de emisión
Transcurrido el plazo de presentación, el tenedor pierde sus acciones contra los endosantes y el librador (si la provisión ha desaparecido sin culpa del librador). Sin embargo, el librado aún puede pagar el cheque mientras no haya expirado el plazo de un año.
Oposición al pago
La oposición al pago de un cheque solo se admite en casos taxativamente enumerados por la ley:
- Pérdida del cheque
- Robo del cheque
- Utilización fraudulenta del cheque
- Reorganización o liquidación judicial del tenedor
La oposición por otros motivos (litigio comercial, etc.) está prohibida y expone al oponente a sanciones.
Cheque sin fondos: sanciones penales (Art. 316)
Delito de emisión de cheque sin fondos
La emisión de un cheque sin fondos constituye un delito penal severamente castigado por el artículo 316 del Code de Commerce. Se sanciona a quien:
- Emite un cheque sin provisión previa y disponible
- Emite un cheque cuya provisión es insuficiente
- Retira total o parcialmente la provisión después de la emisión
- Ordena la prohibición de pago al librado fuera de los casos legales de oposición
Sanciones previstas
Las sanciones previstas por el artículo 316 son las siguientes:
- Prisión de 1 a 5 años
- Multa de 2 000 a 10 000 DH
- Prohibición bancaria de 10 años: el emisor es inscrito en el fichero central de Bank Al-Maghrib y se le prohíbe la emisión de cheques en todas las entidades bancarias
En caso de reincidencia, las penas de prisión y multa se duplican.
Certificado de rechazo de pago
En caso de rechazo de pago de un cheque por insuficiencia o ausencia de provisión, el banco librado entrega al tenedor un certificado de rechazo de pago (anteriormente denominado «certificado de impago»). Este certificado constituye la prueba de la falta de provisión y sirve de base para las acciones penales y civiles.
Procedimiento de regularización (Art. 312-313)
Requerimiento de pago
Antes de cualquier acción penal, el banco librado dirige al emisor del cheque sin fondos una carta de requerimiento solicitándole regularizar su situación. El emisor dispone de un plazo de 20 días para constituir la provisión.
Modalidades de regularización
El artículo 312 del Code de Commerce ofrece al emisor la posibilidad de evitar el enjuiciamiento penal mediante la regularización:
- Constitución de la provisión suficiente para el pago del cheque
- Pago directo al beneficiario, con entrega de un justificante al librador
- Pago de una multa fiscal al Tesoro público
La regularización dentro del plazo concedido extingue la acción pública y permite al emisor recuperar el derecho a emitir cheques, sin perjuicio del pago de las penalidades.
Consecuencias de la falta de regularización
En ausencia de regularización dentro del plazo de 20 días, el banco está obligado a:
- Cerrar la cuenta del librador o retirarle los formularios de cheques
- Reportar el incidente a Bank Al-Maghrib para su inscripción en el fichero central de incidentes de pago
- Informar al fiscal del Rey a efectos de enjuiciamiento penal
Reforma penal y despenalización parcial
El legislador marroquí ha iniciado una reflexión sobre la despenalización parcial del cheque sin fondos, especialmente para los cheques de bajo importe. Esta evolución busca descongestionar los tribunales — los asuntos de cheques sin fondos representan una parte significativa del contencioso penal — manteniendo al mismo tiempo un marco disuasorio para los fraudes graves.
La tendencia legislativa privilegia ahora las sanciones civiles y administrativas (prohibición bancaria, multa fiscal) para los incidentes de primer nivel, reservando las acciones penales para los casos de reincidencia o fraude caracterizado. El respeto de los plazos de pago entre comerciantes sigue siendo una alternativa preventiva esencial.
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Preguntas frecuentes
¿Es válido un cheque posfechado en Marruecos?
Sí, un cheque posfechado sigue siendo válido en Marruecos. Al ser el cheque un instrumento de pago a la vista, es pagadero desde su presentación al banco, cualquiera que sea la fecha inscrita en el título. El banco está obligado a pagarlo inmediatamente si la provisión existe. La posfechación no tiene, por tanto, ningún efecto jurídico sobre el carácter «a la vista» del cheque, pero puede constituir una infracción si pretende eludir la obligación de provisión previa.
¿Cuáles son los recursos del beneficiario de un cheque sin fondos?
El beneficiario de un cheque sin fondos dispone de varios recursos. En el ámbito penal, puede presentar una denuncia ante el fiscal del Rey sobre la base del certificado de rechazo de pago. En el ámbito civil, puede acudir al tribunal para obtener el pago del importe del cheque, incrementado con los intereses y los gastos. También puede iniciar un procedimiento de requerimiento de pago acelerado ante el presidente del tribunal de comercio.
¿Cómo levantar una prohibición bancaria por cheque sin fondos?
Para levantar una prohibición bancaria, el emisor debe regularizar todos los cheques impagados constituyendo la provisión o pagando directamente a los beneficiarios, y obtener los justificantes de regularización. A continuación, debe pagar la multa fiscal correspondiente al Tesoro público. El banco procede entonces a la cancelación de la inscripción en el fichero central de Bank Al-Maghrib. El levantamiento de la prohibición se produce tras el cumplimiento de todas estas formalidades.
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Este artículo está redactado por el equipo de expertos contables de Upsilon Consulting, despacho inscrito en el Ordre des Experts-Comptables (OEC) de Marruecos.
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