Calendario fiscal Marruecos 2026: fechas IS, IR, IVA mes a mes | Upsilon Consulting

Mansour EddekkakiAbdelhakim Soudi

Mansour Eddekkaki, Abdelhakim Soudi

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Calendario fiscal Marruecos 2026: fechas IS, IR, IVA mes a mes | Upsilon Consulting

En resumen: El calendario fiscal marroquí 2026 comprende decenas de fechas a respetar bajo pena de recargos automáticos. IS (4 pagos a cuenta + estados financieros), IR anual, IVA mensual o trimestral, impuesto profesional, CNSS mensual: este artículo recapitula todas las fechas clave mes a mes para los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2025, con las buenas prácticas para no incumplir ningún plazo.

Por qué un calendario fiscal es indispensable

El sistema fiscal marroquí impone a las empresas un gran número de obligaciones declarativas repartidas a lo largo del año. Un simple olvido puede acarrear un recargo del 5 % al 20 % por presentación tardía (Art. 184 del CGI) y, por pago tardío, una penalidad del 10 % más un 5 % el primer mes y un 0,50 % por cada mes adicional (Art. 208 del CGI).

Para las empresas cuyo ejercicio contable coincide con el año civil (cierre el 31 de diciembre), las fechas siguen un ritmo bien definido. Este calendario es su herramienta de referencia para 2026.

Calendario mes a mes

Enero 2026

FechaObligaciónDetalles
31 de eneroDeclaración del impuesto profesional (TP)Declaración de los elementos imponibles para el año 2026. La TP se calcula sobre el valor locativo de los activos fijos profesionales (3 % del precio de coste de los equipos y bienes).
31 de eneroIVA de diciembre 2025Declaración y pago del IVA del mes de diciembre (régimen mensual).
31 de eneroCNSS de diciembre 2025Declaración y pago de las cotizaciones sociales de diciembre. Desde 2025, la CNSS es mensual.

Febrero 2026

FechaObligaciónDetalles
28 de febreroIVA de enero 2026Declaración y pago (régimen mensual).
28 de febreroCNSS de enero 2026Declaración y pago mensual.
28 de febreroEstado de remuneraciones pagadas a tercerosDeclaración de honorarios, comisiones y corretajes pagados en 2025.

Marzo 2026

FechaObligaciónDetalles
31 de marzoEstados financieros ISPresentación de la [declaración del resultado fiscal IS](/declaration-is-maroc/) (balance, cuenta de resultados, anexos) correspondiente al ejercicio cerrado el 31/12/2025. Plazo: 3 meses tras el cierre (Art. 20 del CGI).
31 de marzoResto ISPago del resto del IS tras imputación de los pagos a cuenta realizados, antes de la expiración del plazo de declaración (Art. 170-IV del CGI).
31 de marzoDeclaración anual del IRPresentación de la [declaración anual del impuesto sobre la renta](/declaracion-anual-ir-marruecos/) correspondiente a los ingresos de 2025.
31 de marzoIS — 1.er pago a cuentaIngreso del 1.er pago a cuenta del IS equivalente al 25 % del importe del IS del ejercicio anterior.
31 de marzoEstado 9421Presentación del estado de sueldos y salarios pagados al personal en 2025.
31 de marzoIVA de febrero 2026Declaración y pago (régimen mensual).
31 de marzoCNSS de febrero 2026Declaración y pago mensual.

Abril 2026

FechaObligaciónDetalles
30 de abrilIVA de marzo 2026Declaración y pago (régimen mensual).
30 de abrilCNSS de marzo 2026Declaración y pago mensual.
30 de abrilIVA — declaración trimestral T1Para las empresas en régimen trimestral: IVA del 1.er trimestre 2026.

Mayo 2026

FechaObligaciónDetalles
31 de mayoIVA de abril 2026Declaración y pago (régimen mensual).
31 de mayoCNSS de abril 2026Declaración y pago mensual.

Junio 2026

FechaObligaciónDetalles
30 de junioIS — 2.° pago a cuentaIngreso del 2.° pago a cuenta (25 % del IS del ejercicio anterior).
30 de junioIVA de mayo 2026Declaración y pago (régimen mensual).
30 de junioCNSS de mayo 2026Declaración y pago mensual.

Julio 2026

FechaObligaciónDetalles
31 de julioIVA de junio 2026Declaración y pago (régimen mensual).
31 de julioCNSS de junio 2026Declaración y pago mensual.
31 de julioIVA — declaración trimestral T2IVA del 2.° trimestre (régimen trimestral).

Agosto 2026

FechaObligaciónDetalles
31 de agostoIVA de julio 2026Declaración y pago (régimen mensual).
31 de agostoCNSS de julio 2026Declaración y pago mensual.

Septiembre 2026

FechaObligaciónDetalles
30 de septiembreIS — 3.er pago a cuentaIngreso del 3.er pago a cuenta (25 % del IS del ejercicio anterior).
30 de septiembreIVA de agosto 2026Declaración y pago (régimen mensual).
30 de septiembreCNSS de agosto 2026Declaración y pago mensual.

Octubre 2026

FechaObligaciónDetalles
31 de octubreIVA de septiembre 2026Declaración y pago (régimen mensual).
31 de octubreCNSS de septiembre 2026Declaración y pago mensual.
31 de octubreIVA — declaración trimestral T3IVA del 3.er trimestre (régimen trimestral).

Noviembre 2026

FechaObligaciónDetalles
30 de noviembreIVA de octubre 2026Declaración y pago (régimen mensual).
30 de noviembreCNSS de octubre 2026Declaración y pago mensual.

Diciembre 2026

FechaObligaciónDetalles
31 de diciembreIS — 4.° pago a cuentaIngreso del 4.° y último pago a cuenta (25 % del IS del ejercicio anterior).
31 de diciembreIVA de noviembre 2026Declaración y pago (régimen mensual).
31 de diciembreCNSS de noviembre 2026Declaración y pago mensual.

Resumen de los pagos a cuenta IS 2026

Para una sociedad que ha pagado un IS de 200 000 MAD correspondiente al ejercicio 2025:

Pago a cuentaFechaImporte
1.er pago a cuenta31 de marzo 202650 000 MAD
2.° pago a cuenta30 de junio 202650 000 MAD
3.er pago a cuenta30 de septiembre 202650 000 MAD
4.° pago a cuenta31 de diciembre 202650 000 MAD
Total pagos a cuenta200 000 MAD

El resto (positivo o negativo) se regularizará en abril de 2027 con la presentación de los estados financieros de 2026.

Obligaciones mensuales recurrentes

Dos obligaciones se repiten cada mes sin excepción:

IVA mensual

Las empresas sujetas al régimen de declaración mensual (cifra de negocios > 1 000 000 MAD) deben presentar su declaración de IVA y abonar el importe debido antes del final del mes siguiente al período concernido.

CNSS mensual

Desde 2025, todas las empresas declaran y pagan sus cotizaciones CNSS sobre una base mensual. La fecha límite es el 10 del mes siguiente al período de nómina.

Plataforma SIMPL: su herramienta de declaración

Todas las declaraciones fiscales (IS, IR, IVA) se realizan a través de la plataforma SIMPL (Sistema Integrado de Fiscalidad en Línea) de la Dirección General de Impuestos. Para acceder:

  1. Diríjase a simpl.tax.gov.ma
  2. Conéctese con sus credenciales (identificador fiscal + contraseña)
  3. Seleccione la declaración a presentar
  4. Introduzca los importes y valide
  5. Proceda al telepago

Su experto contable dispone generalmente de un acceso delegado para gestionar el conjunto de sus declaraciones.

Buenas prácticas para no incumplir ninguna fecha

1. Planifique a principio del ejercicio

Desde enero, establezca un calendario anual con todas las fechas límite. Compártalo con su equipo contable y su experto contable.

2. Anticipe los períodos de mayor carga

Marzo y abril concentran un gran número de obligaciones (IR, 1.er pago a cuenta IS, estado 9421, estados financieros). Prepare estas declaraciones desde febrero para evitar las prisas.

3. Automatice los recordatorios

Configure alertas en su software de contabilidad o su agenda. Un recordatorio 10 días antes de cada fecha permite disponer del tiempo necesario para preparar y presentar la declaración.

4. Confíe el seguimiento a su experto contable

El experto contable gestiona simultáneamente las obligaciones de decenas de clientes. Dispone de las herramientas, los accesos a SIMPL y la experiencia para garantizar el cumplimiento de cada plazo. Es la mejor garantía contra las penalidades.

5. Conserve los acuses de recibo

Cada declaración presentada en SIMPL genera un acuse de recibo con sello de fecha y hora. Consérvelo sistemáticamente como prueba de presentación dentro del plazo.

Penalidades en caso de retraso

SituaciónPenalidad
Presentación tardía de la declaración (Art. 184)5 % (retraso ≤ 30 días), 15 % (más de 30 días), 20 % (liquidación de oficio) del importe de los derechos
Pago tardío (Art. 208)Penalidad del 10 % (reducida al 5 % si ≤ 30 días, elevada al 20 % para el IVA y las retenciones en la fuente)
Recargo de mora en el pago (Art. 208)5 % el primer mes + 0,50 % por cada mes o fracción de mes adicional
Falta de declaración (tras requerimiento)Liquidación de oficio

Estas penalidades se aplican automáticamente y sin requerimiento previo para el simple retraso. En cambio, la liquidación de oficio requiere un procedimiento contradictorio.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo hay que presentar los estados financieros IS para un ejercicio cerrado el 31 de diciembre?

Los estados financieros del IS deben presentarse en un plazo de 3 meses tras la fecha de cierre del ejercicio (Art. 20 del CGI). Para un ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2025, la fecha límite es el 31 de marzo de 2026 para la declaración del resultado fiscal, el pago del resto (Art. 170-IV del CGI) y la presentación de los documentos anexos. No existe ningún plazo suplementario hasta el 30 de abril: toda presentación o pago posterior al 31 de marzo expone a los recargos de mora.

¿La CNSS es realmente mensual desde 2025?

Sí. La LdF 2025 instauró el paso de la declaración CNSS del ritmo trimestral al ritmo mensual. Cada mes, el empleador debe declarar los salarios pagados y abonar las cotizaciones correspondientes antes del 10 del mes siguiente. Esta medida concierne a todas las empresas afiliadas a la CNSS.

¿Qué ocurre si los pagos a cuenta IS superan el impuesto realmente debido?

Si el total de los cuatro pagos a cuenta supera el importe del IS definitivo calculado en los estados financieros, el excedente constituye un crédito fiscal. Este crédito es imputable a los pagos a cuenta del ejercicio siguiente. Si el crédito persiste tras el 4.° pago a cuenta, la empresa puede solicitar su devolución o imputarlo a otros impuestos.

No deje escapar ninguna fecha

La gestión del calendario fiscal exige rigor y anticipación. En Upsilon Consulting, nos hacemos cargo de la totalidad de sus obligaciones declarativas: IVA mensual, pagos a cuenta IS, estados financieros, IR, CNSS y todas las declaraciones anexas.

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